miércoles, 17 de agosto de 2011

Derecho a la Vivienda y Criminalizacion, Carta Publica

Carta Pública sobre el Indoamericano y la criminalizacion de la Pobreza
Los abajo firmantes deseamos expresar nuestra profunda preocupación en el marco de la reapertura de la causa que fue iniciada en el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad contra los referentes de las organizaciones sociales que participaron en diciembre de 2010, en los acontecimientos del parque Indoamericano.

Como es de público conocimiento, luego de días de graves incidentes en los cuales murieron 3 personas, los Gobiernos dela Ciudad y la Nación anunciaron en conferencia de prensa un plan que resolvería el conflicto que le dio surgimiento a la toma: el déficit de acceso a la vivienda en la Ciudadde Buenos Aires. El acuerdo, anunciado el 14 de diciembre de 2010, contemplaba la presentación de un plan integral de viviendas que diera solución a la problemática habitacional de la Ciudad, en un plazo de 120 días. El financiamiento para la implementación del mismo, correría por partes iguales, por cada peso que invirtiera la Ciudad, la Nación pondría otro tanto. Estos anuncios fueron sólo promesas, y hasta ahora no se ha dado a conocer ningún plan que tenga por finalidad hacer efectivas las medidas anunciadas. Además, respecto de las tres personas asesinadas, no ha habido avances que dieran cuenta de quienes fueron los responsables penales de estos hechos.

Sin embargo, sí ha habido avances en profundizar la criminalización de la pobreza y de la protesta social. En efecto, la única política implementada en relación con los sucesos de diciembre pasado consistió en el accionar del Ministerio Público Fiscal iniciando causas penales contra los referentes de las organizaciones que luchan por el acceso a la vivienda. Contrariamente con lo solicitado por la fiscalía, la jueza de primera instancia determinó la inexistencia del delito de usurpación del Indoamericano, bajo el entendimiento de que lo sucedido en diciembre excedía el marco del derecho penal y que se enrolaba en una cuestión social. De esta manera, y a pesar de contar con una resolución judicial que expresamente determina la inadecuación del derecho penal en estos casos, el Ministerio Público Fiscal de la ciudad insiste en juzgar a los referentes sociales que participaron del proceso, apelando la sentencia y solicitando el apartamiento de la magistrada.

Este enfoque y entendimiento de los conflictos no es exclusivo del citado Ministerio. En estos días, la sala I de la Cámara de apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA resolvió que no se apartará a la jueza, pero sí se realizará la reapertura de la causa, ya que si bien en “la gran mayoría de los procesos subyace una cuestión social que puede justificar, agravar o atenuar el reproche penal, empero resulta excesiva esa invocación genérica y voluntarista para agotar, prematuramente, la investigación en torno a los hechos bajo análisis”. Es preocupante que los magistrados de la Cámara entiendan cómo una “invocación genérica y voluntarista” considerar que hay cuestiones sociales que exceden el marco penal en un contexto en el cual más de un 15% de la población de la ciudad no goza de una vivienda digna.

Por todo lo dicho, observamos con profunda preocupación que la única respuesta del estado provenga del derecho penal, ya que ante la vulneración de derechos fundamentales la unica respuesta estatal valida debiera ser garantizar su efectivo cumplimiento.

Mientras éstas sean las únicas respuestas de los gobiernos, la conflictividad en torno a la vulneración del derecho a la vivienda y al suelo, seguirá presente y podría profundizarse, tal como queda reflejado en los recientes hechos en Jujuy. Estas respuestas estatales son contrarias a nuestra constitución local que reconoce ampliamente los derechos sociales y específicamente ordena desarrollar políticas para superar las condiciones de pobreza (cfr. art.17 CCBA).

Los poderes del Estado, por acción y omisión configuran una intervención pública que funciona como advertencia a los más pobres: el derecho a la vivienda es para unos pocos, los que se resistan a este estado de cosas serán disciplinados a través del derecho penal.

Es por ello que más allá de manifestar nuestra preocupación, por medio de estas líneas, llamamos especialmente a las autoridades políticas responsables a no continuar criminalizando la pobreza y las acciones de quienes luchan por el acceso a la vivienda digna y a cumplir, sin más dilación, los acuerdos que han anunciado en diciembre de 2010 alos fines de resolver la problemática habitacional existente enla Ciudadde Buenos Aires, en conformidad con el respeto a los compromisos internacionales de derechos humanos y a lo ordenado por las constituciones local y nacional.


viernes, 15 de julio de 2011

Informe del Relator especial sobre los derechos de los Pueblos Indigenas

VIOLACIONES AL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN Y CONSULTA DE COMUNIDADES INDÍGENAS DE LAS SALINAS GRANDES EN PROCESOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LITIO – PELIGRO AMBIENTAL

Cuándo y dónde:

Las actividades mineras comenzaron a principios de 2010 y continúan en la actualidad en la región conocida como Salinas Grandes de la Laguna de Guayatayoc. Las Salinas Grandes abarcan los departamentos de Cochinoca y Tumbaya de la provincia de Jujuy y los departamentos de La Poma y Cobres de la provincia de Salta, e integran la subcuenca de la Laguna de Guayatayoc - Salinas Grandes. Esta sub-cuenca forma parte de la Puna, porción del altiplano que pertenece a la República Argentina. La superficie total de la cuenca alcanza los 17.552 km2. Si bien ambiental y culturalmente conforman una sola unidad, su administración política está dividida entre las jurisdicciones de las provincias de Salta y Jujuy, ambas de la República Argentina.

Víctima(s):

Comunidades de Jujuy: Santuario de Tres Pozos, Comunidad Aborigen de San Francisco de Alfarcito, Comunidad Aborigen del Distrito de San Miguel de Colorados, Comunidad Aborigen deAguas Blancas, Comunidad Aborigen de Sianzo, Comunidad Aborigen de Rinconadilla, Comunidad Aborigen de Lipan, Organización Comunitaria Aborigen “Sol de Mayo”, Comunidad Aborigen de Pozo Colorado - Departamento Tumbaya, Comunidad Aborigen de Santa Ana, Abralaite, Rio Grande y Agua de Castilla, Comunidad Aborigen El Angosto Distrito El Moreno, Comunidad de Santa Anta. CPI: Jorge Mamaní.

Comunidades De Salta: Comunidad Aborigen Cerro Negro, Comunidad Aborigen de CasaColorada, Comunidad Esquina de Guardia, Comunidad Indígena Atacama de Rangel, Comunidad Aborigen de Cobres, Comunidad Likan Antai Paraje Corralitos, Comunidad Aborigen De Tipan.

Qué sucedió:

Desde el año 2010 se han divulgado informaciones en revistas y diarios de circulación en las provincias, que dan cuenta de la exploración de un mineral denominado el oro blanco del siglo XXI: el litio. Esta situación generó gran inquietud en las comunidades de las Salinas quienes nunca habían sido consultadas acerca de las posibles nuevas exploraciones y sus eventuales consecuencias en su equilibrio comunitario y ecológico. En comunicado de prensa las comunidades indígenas afectadas reseñaron: ...“durante el año pasado, con preocupación, comenzamos a ser testigos mudos de una nueva actividad en la región, nadie nos informó nada a pesar de la vigencia de derechos que exigen que nos consulten (Constitución Nacional, articulo 6 del Convenio 169 de la OIT). Nos enteramos por rumores y por los medios de prensa, que habían descubierto litio en el subsuelo de los salares de la Puna de Salta y Jujuy. Todos los anuncios del Gobierno, daban cuenta de la importancia de este nuevo emprendimiento para la economía nacional e internacional. Sin embargo, nadie dijo nada de cómo esta nueva explotación nos puede afectar a las comunidades y a nuestro territorio: a las salinas, a las vertientes de agua, a los pastos, a nuestros ganados, a la Pacha, a nuestras costumbres y creencias, etc. En síntesis: a toda nuestra vida”...1

Las primeras perforaciones ya presentan surgencia de aguas de baja salinidad provenientes de acuíferos profundos, lo cual según informes científicos provocará consecuencias notables sobre el sistema salino, limitará la posibilidad de extracción de sales superficiales y favorecerá la difusión de sales superficiales hacia acuíferos profundos de baja salinidad. Si se priva a estas comunidades del acceso al agua para sus haciendas, pasturas y chacras, se les despoja de sus espacios de reproducción cultural, lo cual deja de ser un tema meramente económico, y aunque el daño se pueda resarcir económicamente, la pérdida de estos espacios de reproducción cultural es la muerte de una identidad, es un genocidio realizado en aras de una homogenización cultural. La urgencia por el inicio de actividades de explotación y apoyo por parte de los gobiernos provinciales se puso de manifiesto en Salta a través de un Decreto No 3860/10 del mes de Septiembre. En el mismo se declara de interés público el proyecto e iniciativa privada de la empresa Bolera Minera S.A. para la exploración, explotación e industrialización de recursos sobre siete minas del Salar Salinas Grandes en el departamento La Poma. La etapa de búsqueda de la sustancia será por dos años. En caso de que se decida por explotar estas sustancias, se prevé que sea por el término de 20 años, "con derecho a prórroga por otros 20 años, o bien alguna otra forma de asociación con la Provincia de Salta". Bolera Minera S.A. es un joint venture compuesto por los grupos franceses Bolloré y Eramet, líderes en los sectores minero e industrial, respectivamente. Su proyecto apunta fundamentalmente a la extracción de litio, mineral necesario para la construcción de acumuladores de energía eléctrica, fundamental para modernas baterías para el sector automotriz 2. El Decreto menciona, paradójicamente, como fundamentos "integrar a las comunidades locales para un desarrollo social y económicamente equilibrado, teniendo como primer objetivo la sustentabilidad del desarrollo, generando puestos de trabajo, y en este sentido, coadyuvando con el Estado en la generación de empleo genuino; también propone, respecto a la protección al medio ambiente y aplicando el principio de responsabilidad social de la empresa, el irrestricto respecto de la normativa vigente". Tampoco para el dictado de esta normativa fueron consultadas las comunidades que en definitiva serán quienes reciban el mayor impacto. Por su parte el Gobernador de la Provincia de Jujuy dictó el viernes 02 de marzo de 2011 el Decreto – Acuerdo No 7592 que dispone declarar las reservas minerales que contengan litio como recurso natural estratégico generador del desarrollo socio económico de la Provincia de Jujuy. A su vez crea un Comité de Expertos para el análisis integral de proyectos de litio y otras regulaciones, nuevamente sin consulta y participación a las comunidades indígenas afectadas. Continuando el gobierno con su arremetida lo convirtió en Ley No 5674. En la misma sesión la Legislatura de Jujuy sancionó la Ley No 5675 que dispone en su artículo primero “Aprobar en todas sus partes el Decreto-Acuerdo No 7626-P-11 de fecha 15 de Marzo de 2011, por el que se constituye una Sociedad del Estado bajo la denominación JUJUY ENERGÍA Y MINERÍA SOCIEDAD DEL ESTADO (J.E.M.S.E.)”. Ambas normas fueron sancionadas sin ningún tipo de consulta a las comunidades indígenas afectadas. A su vez los días 28 y 29 de Abril se desarrolló en San Salvador de Jujuy el seminario “Utilización Integral del Litio en Argentina. Ciencia, Tecnología e Innovación al Servicio del Desarrollo” organizado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y el Comunicado de Prensa de las Comunidades de la MESA DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CUENCA DE GUAYATAYOC Y SALINAS GRANDES, 11 de Marzo de 2011. Ministerio de Industria de la Nación, junto al Gobierno Provincial, con la participación de los funcionarios de mayor rango jerárquico de cada área. Nuevamente, las comunidades involucradas se enteraron por los medios de prensa y asistieron al evento para reclamar por el armado de proyectos mineros en sus territorios sin ser consultados previamente. Responsables: Gobierno de la Provincia de Jujuy, Gobierno de la Provincia de Salta, Estado Nacional. Acciones tomadas por las autoridades nacionales: El 24 de Noviembre de 2010 se presenta Acción de Amparo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por incumplimiento de la obligación de consulta y participación en pedimentos de exploración y explotación de litio de conformidad con el art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, Convenio 169 de OIT y Declaración de los Derechos Indígenas de la ONU. Se solicita cumplimiento de la obligación de consulta y participación así como la suspensión de trámites hasta tanto se de esta participación de forma efectiva y transparente6. El caso aún no cuenta con resolución del máximo Tribunal. Sin embargo, la Procuración General de la Nación hadictaminado que corresponde, tal como se presentó, a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Las autoridades provinciales no sólo no tomaron medidas para reparar la situación sino que agravaron la situación con el dictado de nuevas leyes que fomentan la actividad nuevamente de forma inconsulta. En el caso del Estado Nacional tampoco desde la Secretaría de Minería se ha implementado ni fomentado instrumentos de consulta.

Acciones en el ámbito internacional:

Hasta el momento sólo se ha informado de la situación a nivel internacional a la Relatoría Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en el “CUESTIONARIO SOBRE PROYECTOS DE

DESARROLLO Y EXTRACCIÓN DE RECURSOS NATURALES DENTRO O CERCA DE TERRITORIOS INDÍGENAS” presentado por el Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) con fecha 29 de Abril de 2011.

martes, 17 de mayo de 2011

Los docentes denuncian a Macri

Conferencia de Prensa:
 
 
Miércoles 18. 8:30 hs.
Conferencia de Prensa
frente a los Tribunales de la Ciudad (Diagonal Norte 636)
 
 
Los docentes denuncian a Macri  
 
Amparo por mentir en publicidad oficial

La Unión de Trabajadores de la Educación (UTE-CTERA), patrocinada por 14 bis-Secretaría de Derechos Humanos del Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho (UBA), se presentará mañana ante la Justicia porteña para denunciar al Jefe de Gobierno por la distribución de un folleto de publicidad oficial que contiene mentiras y falsedades respecto a la gestión educativa.
El material titulado "El futuro empieza en las aulas" señala entre otras cosas que los docentes de Jornada Completa tienen un salario mínimo de $ 5808. Esta información totalmente falaz está acompañada de otras mentiras como la afirmación de que todas las escuelas tienen gas y calefacción o de que se han construido 13 escuelas y se están construyendo otras 46.
En el amparo, el sindicato reclamará que se retire de circulación la publicidad y se publique una nueva rectificando las mentiras, basándose en elderecho a la información pública veraz.
Ante la publicación de folletos publicitarios con información errónea y falaz, se solicitará a la justicia una medida cautelar que ordene en forma inmediata retirar de circulación el folleto y publicar otro de similares características explicando el error y rectificando la información.

martes, 10 de mayo de 2011

El Poder Judicial busca incorporar la perspectiva de género en la Justicia

Esta semana habrá nuevos talleres para garantizar la igualdad de género en el Poder Judicial

10/05/2011 - La Cámara Federal de San Martín y la Cámara Nacional de Casación Penal realizarán nuevas jornadas este miércoles y viernes, respectivamente, con el objetivo de impulsar un proceso de incorporación de la perspectiva de género en la Justicia

Esta semana se llevarán a cabo nuevas jornadas de trabajo para introducir la perspectiva de género en el Poder Judicial, esta vez en la Cámara Nacional de Casación Penal y en la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.

Se trata de una iniciativa de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia la Nación, que cuenta con el apoyo técnico del Sistema de Naciones Unidas en Argentina, a fin de impulsar un proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales que su ejercicio involucra.

En ese marco, el 13 de mayo próximo, la Cámara Nacional de Casación Penal llevará a cabo una jornada de trabajo en talleres para introducir la perspectiva de género en el Poder Judicial. Esta jornada contará con 30 participantes: personal administrativo.

En tanto, el 11 de mayo, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín iniciará los talleres de “protocolo C”, dirigido a empleadas y empleados. Mientras que los de “protocolo B” comenzaron el pasado lunes y están dirigidos a funcionarias y funcionarios. Ambos se llevarán a cabo, respectivamente, todos los miércoles y lunes hasta el 2 de diciembre próximo, a efectos de abarcar a todo el personal dependiente de juzgados de primera instancia, tribunales orales y cámara del fuero.

Desde la Cámara Federal de San Martín aclararon que el 4 de mayo último se concluyó con los talleres de “protocolo A”, de jueces y juezas, los que abarcaron a magistrados de primera instancia y de tribunal oral de esa jurisdicción (los jueces de cámara hicieron el “protocolo D” a fines del año pasado).


Acerca de la Oficina de la Mujer 

La Oficina de la Mujer (OM), creada por el máximo Tribunal en 2009, se planteó el desafío de lograr la igualdad de género tanto en relación a quienes utilizan el sistema de Justicia como a quienes desempeñan sus funciones en el Poder Judicial. El trabajo de la Oficina de la Mujer se enmarca en la política de Estado tendiente a prevenir y erradicar cualquier tipo de violencia de género.

La Oficina, a cargo de la Ministra Dra. Carmen Argibay, cuenta con una Secretaría y diversas áreas de trabajo, encargadas de brindar capacitación al Poder Judicial para el diseño y coordinación de políticas institucionales que favorezcan la igualdad de género; la recopilación de datos a fin de elaborar estadísticas en este sentido y la investigación de género, tendientes a identificar las necesidades dentro del Poder Judicial.
Más información www.csjn.gov.ar/om/


Acerca del Sistema de Naciones Unidas en Argentina

El Sistema de Naciones Unidas reúne agencias de la ONU que trabajan en el país. Cerca de 300 personas trabajan en 12 agencias donde planifican y ejecutan más de 200 proyectos dirigidos a apoyar, mediante cooperación técnica y asistencia, los esfuerzos nacionales y locales en las diversas áreas vinculadas al desarrollo. Cada oficina tiene un mandato propio, pero todas coordinan y unen sus esfuerzos para hacer frente a estos desafíos de manera más estratégica, integrada y eficaz.

El Sistema de Naciones Unidas en Argentina (SNU) viene apoyando distintas iniciativas en el ámbito nacional que promueven la igualdad de  derechos y el empoderamiento de la mujer. En el 2007 acompañó el lanzamiento de la Oficina de Violencia Doméstica de la Ciudad de Buenos Aires también en el ámbito de la CSJN y en 2009 recibió el apoyo del Presidente de la CSJN, Ricardo Lorenzetti, en el lanzamiento en América Latina de la Campaña “ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres” del Secretario General Ban Ki Moon.
Más información www.onu.org.ar


Link: http://www.cij.gov.ar/nota-6752-Esta-semana-habra-nuevos-talleres-para-garantizar-la-igualdad-de-genero-en-el-Poder-Judicial.html?utm_source=twitterfeed&utm_medium=twitter

jueves, 21 de abril de 2011

Informe de la relatora de la ONU sobre crisis habitacional en la Argentina

Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación en este contexto
Visita Oficial a la Republica Argentina, 13-21 de Abril del 2011
Observaciones y conclusiones preliminares
La Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación en este contexto, Raquel Rolnik, ha visitado oficialmente la Republica Argentina entre el 13 y el 21 de abril de 2011 a invitación del gobierno argentino.
Derecho a una vivienda adecuada en Argentina: Contexto General.
Durante su visita la Relatora ha podido constatar que el país pasa hoy por una importante crisis habitacional. Hace décadas que la falta de acceso a la vivienda adecuada ha llevado a millones de argentinos a instalarse de forma precaria en villas y otras formas de vivienda no adecuada. Este fenómeno ha sido agravado por una muy baja inversión en vivienda por parte del Estado desde la mitad de los años ochenta y durante la década de los noventa, así como a partir de finales de los años 70 por una oferta pobre de suelo urbanizado accesible a los sectores de bajos ingresos y una baja inversión en urbanización y consolidación de asentamientos informales.
A nivel nacional, según el último censo disponible (2001), 2.640.871 hogares (aproximadamente un 20 por ciento del total de hogares) padecían distintas situaciones deficitarias. A pesar del carácter estructural de la crisis, la Relatora nota un agravamiento reciente de esta situación, relacionado con el crecimiento económico que ha conocido Argentina en los últimos años y sus efectos directos sobre el aumento de los precios de la tierra, suelo urbano, inmuebles y alquileres en proporción significativamente superior a los aumentos de ingresos de la mayoría de la población y a la ausencia de crédito y opciones de vivienda incluso para las clases medias.
Marco Normativo y Politicas Publicas en materia de vivienda adecuada.
Gracias a la reforma constitucional de 1994, y específicamente mediante el articulo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional argentina, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, y por consecuencia el derecho a una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuada (artículo 11 del Pacto), ha adquirido jerarquía constitucional. El derecho a la vivienda adecuada ha sido además expresamente reconocido en algunos textos legislativos locales, en particular en la constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 31). La Relatora considera muy positivos estos desarrollos normativos así como el fuerte compromiso adoptado por el Gobierno argentino desde 2003 en materia de derechos humanos que ha desembocado en la adopción en 2010 de una ley que eleva el compromiso del Gobierno con los derechos humanos a una política de Estado.
La Relatora acoge favorablemente las políticas diseñadas e implementadas desde 2003 por el Gobierno nacional en materia de vivienda adecuada y particularmente el compromiso del Gobierno de considerar la vivienda como responsabilidad y compromiso del Estado, y por lo tanto objeto de una importante inversión presupuestaria. En este contexto, la Relatora nota que los programas de vivienda del Gobierno fueron impulsados como herramientas de reactivación económica anticíclica frente a la crisis de 2001-2002, y que incidieron positivamente en la creación de empleo en el país y, según fuentes oficiales, aseguraron 560.000 soluciones habitacionales. La Relatora nota con preocupación que la prioridad ha sido la producción de vivienda completa (“llave en mano”) promovida por el Estado, notablemente por los Institutos Provinciales de Vivienda, y construidas por constructoras privadas, con el apoyo en muchos casos de las municipalidades. El Estado ha priorizado la construcción pero no ha promocionado y/o apoyado políticas locales que movilicen viviendas vacantes, alquiler social, prestamos y asistencia para ampliaciones, y sobretodo políticas de tierras y disponibilización de suelo urbanizado. La Relatora aplaude también el esfuerzo emprendido por la sociedad civil argentina de organizarse en cooperativas de vivienda, trabajo y consumo, constituyendo un vasto tejido social organizado bajo los conceptos de solidaridad y ayuda mutua para afrontar la crisis.
Desafíos y Obstáculos en la realización del derecho a una vivienda adecuada en la Argentina. Falta de información y debilidades de las políticas públicas de vivienda.
Durante su visita, la Relatora ha podido observar la falta de un relevamiento de las necesidades de vivienda en el país que son múltiples y heterogéneas. La carencia de datos oficiales actualizados de la situación habitacional y la falta de un diagnóstico-marco que identifique las distintas situaciones y sus requerimientos en términos de políticas (carencia de infraestructura en los asentamientos informales, alquiler excesivo, falta de acceso a crédito por sectores medios, hacinamiento, etc.) no han permitido planear e implementar políticas publicas adecuadas a estas múltiples necesitades. Como se ha señalado, el Gobierno nacional, así como las provincias, han dado prioridad a políticas de construcción y financiamiento de viviendas nuevas, con prototipos demasiado homogéneos y basados en la mayoría de los casos solo en la creación de vivienda y no en un concepto integral de hábitat. Se valora que existen otras opciones y programas pero se verificó que no han sido debidamente consideradas e impulsadas.
La Relatora nota además como las políticas de vivienda implementadas no han sido acompañadas hasta la fecha por políticas de suelo apropiadas, lo que en muchos casos resulta en la ubicación inadecuada de los conjuntos poblacionales lejos de las oportunidades de trabajo y empleo. En este contexto, la Sra. Rolnik aplaude las iniciativas positivas de algunas municipalidades para implementar políticas de manejo del suelo, y en especial el proyecto de ley de promoción de hábitat de la provincia de Buenos Aires; iniciativas que disponen de herramientas para garantizar una oferta de suelo urbanizado para acoger vivienda adecuada, sean de promoción pública, de tipo cooperativo o privada de interés social.
La Relatora nota también la necesitad de una mejor articulación entre las autoridades municipales, provinciales y nacionales para mejorar la implementación y ejecución de políticas y la falta de un sistema federal con clara atribución de competencias, financiación e intervención y que traduzca verdaderamente en su diseño, gestión e implementación el derecho a una vivienda adecuada tal como está definido en el derecho internacional. En este sentido, la Relatora nota con preocupación la debilidad del sistema de adjudicación dentro de los programas de vivienda social. Cada provincia o municipalidad puede definir sus criterios de adjudicación (hasta no tener criterios) lo que abre la vía a prácticas discriminatorias en particular en relación con la población migrante proveniente de otros países o de otras regiones del país (como fuera ilustrado por ejemplo en la ley 1118/1999 de la ciudad de Ushuaia que define puntajes para la atribución de programas de vivienda en función de la vinculación al territorio y a la conducta cívica – esta última definida en función de la ocupación de predios fiscales en la ciudad). En este sentido, la Relatora subraya la modificación de la ley 24. 464 que establece un cupo del 5% en cada uno de los planes Fondo Nacional de Vivienda Social para ser destinados a las personas con discapacidades, y nota que este porcentaje tendría que ser adaptado a los porcentajes reales de personas con discapacidades presentes en las distintas ciudades y provincias. En este contexto, la Relatora recomienda que a partir de los resultados del censo realizado en 2010 y con la participación activa de las municipalidades y las provincias, se realice un mapeo de los distintos asentamientos y de la demanda de vivienda generada por planes de inversión económica y se diseñe un Plan Nacional de Suelo Urbano y Hábitat Urbano y Rural, con una diversidad de programas y políticas habitacionales y criterios claros de adjudicación.
Asentamientos informales, ocupaciones de tierras y viviendas.
Las ocupaciones de tierras y viviendas han representado en la historia reciente argentina la forma más común de acceso al suelo y a la vivienda para los sectores populares. Según varias fuentes, en los últimos años, los asentamientos y ocupaciones se habrían además multiplicado en distintas aéreas urbanas del país. Particularmente en el conurbano bonaerense, el incremento de las ocupaciones de tierras se relaciona estrechamente con el fin de la producción de loteos populares, suelo que ahora preferentemente es usado para desarrollos de barrios cerrados para sectores de altos ingresos. Lo cual incrementa una ocupación desigual y fragmentada del espacio urbano.
La Relatora nota la gran ambigüedad con la cual las autoridades han tratado el tema de las ocupaciones de tierra y nota con preocupación cómo esta actitud haya permitido que este tema se convirtiera en objeto de disputas partidarias, acción de punteros políticos y ha vuelto a los habitantes de estos territorios altamente vulnerables a la discrecionalidad caso por caso con respecto a la posibilidad de permanencia, consolidación o desalojo. En este contexto, la relatora nota que hasta en los casos en los cuales la decisión de radicación de la villa está dictada por una ley acompañada por mecanismos institucionales de concertación, como en el caso de la villa 31 y 31 bis de la ciudad de Buenos Aires, se interponen los mismos obstáculos a nivel de implementación y ejecución de los planes.
La Relatora ha podido además constatar que a pesar de que la ocupación informal del suelo ha sido la forma predominante de acceso a la vivienda en los últimos años en el país, en varias regiones de la Argentina se está produciendo un fenómeno creciente de criminalización de los habitantes que ocupan tierras o viviendas, los cuales vienen siendo víctimas de una estigmatización especialmente en relación con población inmigrante.
En este contexto, la Relatora recomienda que sea establecido un marco general de reconocimiento de derechos, así como de criterios claros de consolidación de los asentamientos y que las autoridades competentes promuevan la regularización integral (a través de un proceso de urbanización y regularización administrativa y dominial, plazos más breves de prescripción adquisitiva del dominio para fines de vivienda social) integrando definitivamente estos asentamientos en las ciudades y pueblos, así como ofreciendo alternativas respetuosas de los estándares internacionales en materia de derecho a una vivienda adecuada para los habitantes de los asentamiento que se decidiera no regularizar. Un caso paradigmático en este sentido es la problemática del saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo. La relatora nota las deficiencias en la política de relocalizaciones que se están dando en el marco de este proceso en algunas municipalidades: falta de participación de los afectados y falta de información pública. Además la relatora considera preocupante que esta política de relocalización esté basada en una sentencia judicial y no en una política integral de urbanización.

Situaciones Urgentes. Desalojo
Durante su visita, la Relatora ha recibido numerosos testimonios sobre desalojos que se estarían produciendo en distintas provincias del país, en medio urbano así como rural. Numerosas evidencias presentadas a la Relatora sugieren que, en muchos casos, los desalojos se estarían llevando a cabo en violación de los estándares internacionales en esta materia. Contrariamente a lo sugerido por el Comentario General N° 7 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en muchos casos los desalojos han sido realizados sin que se estudiara en consulta con los interesados todas las demás posibilidades para evitar o, cuando menos, minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza. Muchos desalojos han sido realizados sin una auténtica oportunidad de consultar a las personas afectadas y sin garantizar su derecho de defensa. Muchos desalojos han dado lugar a que los afectados se queden sin vivienda y sean expuestos a violaciones de otros derechos humanos, sin que el Estado adopte todas las medidas necesarias para que se les facilite otra vivienda, reasentamiento o acceso a tierras productivas. La Relatora ha notado una proliferación de causas penales por el delito de usurpación en las cuales suelen requerirse desalojos, y como en muchas ocasiones es el Gobierno mismo que impulsa estos procesos judiciales. La Relatora expresa preocupación frente a la constatación de que en los casos en los que existe un procedimiento judicial, la legislación procesal actualmente vigente facilita la ejecución de desalojos, puesto que estos pueden requerirse como medida cautelar, previo al dictado de la sentencia, violando los estándares internacionales en materia de debido proceso legal.
La Relatora Especial expresa además particular preocupación frente a la excesiva utilización de la fuerza por agentes estatales y agentes privados de seguridad empleados por el Estado durante los desalojos. En este contexto, la Relatora recibió información extremadamente preocupante sobre lo ocurrido en la ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2010 en los hechos relativos al desalojo de las personas que habían ocupado el Parque Indoamericano, durante los cuales murieron presuntamente tres personas a manos de agentes estatales. La Relatora nota también con honda preocupación la situación de la comunidad “La Primavera” (Provincia de Formosa) integrada por miembros del pueblo originario Qom. Durante enfrentamientos que se dieron en un contexto de conflicto de tierra entre dicha comunidad y la Provincia de Formosa, en noviembre de 2010, un integrante de la comunidad La Primavera y un policía perdieron la vida, la comunidad fue desalojada de sus tierras ancestrales, y sus viviendas fueron quemadas con todos sus bienes. La Relatora nota también con gran preocupación la violencia utilizada por cooperativas privadas empleadas por la municipalidad de Ushuaia en la contención de asentamiento irregulares.
En este contexto, la Relatora recuerda que cuando se considere un desalojo como justificado, el Estado argentino tiene la obligación de llevarlo a cabo en estricto cumplimiento de las disposiciones pertinentes de las normas internacionales de derechos humanos y respetando los principios generales de la razón y la proporcionalidad. Además, tiene la obligación de establecer recursos o procedimientos legales para los afectados por las órdenes de desalojo, y velar por que todas las personas afectadas tengan derecho a la debida indemnización por los bienes personales o bienes raíces de los cuales pudieran ser privados. La Relatora expresa además preocupación por lo que parece ser -con algunas excepciones- un desconocimiento generalizado por parte de los magistrados argentinos de los estándares internacionales en materia de desalojos, haciendo caso omiso de gran parte de las garantías procesales reflejadas en la observación general numero 7, del Comité de Derechos Económicos, Sociales y culturales .
En conclusión, la Relatora considera que teniendo en cuenta los avances normativos y de inversión en vivienda, así como el crecimiento económico de los últimos años, Argentina se encuentra en plena condición de movilizar e implementar un pacto socio-territorial para la implementación del derecho a la vivienda adecuada para todos. La Relatora reitera su disponibilidad para cooperar en este esfuerzo.

Crisis Habitacional en la Argentina: visita de la relatora de Naciones Unidas.

Entre el 13 y 21 de Abril de este año la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada de Las Naciones Unidas, Raquel Rolnik, visito oficialmente la Republica Argentina. Les dejamos una nota al respecto, y mas adelante, los resultados de su informe.

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-166707-2011-04-21.html

Una lección para generar vivienda popular

Después de entrevistar a organizaciones sociales y visitar asentamientos, Raquel Rolnik cuestionó la falta de regulación del precio de la tierra, que la hace inaccesible a los sectores populares. Elogió, aunque con reservas, la inversión en viviendas.

Por Pedro Lipcovich

“Los barrios cerrados, con densidad habitacional bajísima, se desarrollan en vez de los loteos que permitían a muchos trabajadores hacerse sus casas; por este y otros motivos, los sectores populares recurren a la ocupación de terrenos.” Quien formula esta observación es Raquel Rolnik, relatora especial sobre vivienda del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Al finalizar su visita a la Argentina –que incluyó “decenas de visitas a organizaciones sociales y cooperativas”–, presentó sus primeras conclusiones, que incluyen fuertes cuestionamientos: “No conozco otro país donde los jueces ordenen desalojos tan fácilmente, en el marco de medidas cautelares”. Denunció “el desalojo y quema de viviendas de los qom, en Formosa”, “el uso de la fuerza en el parque Indoamericano” o “la acción intimidatoria de grupos de seguridad privada en Ushuaia”. Y señaló a “los políticos que, con cuentagotas, dan uno u otro servicio a los asentamientos a cambio de votos”. Valoró que “desde 2003, el Estado argentino cumple en invertir en vivienda” pero criticó que “el programa se centra en empresas constructoras” más que en la acción de las comunidades involucradas. Según la funcionaria, “la Argentina puede resolver en 10 o 15 años la cuestión de la vivienda”, pero a condición de encarar “un plan nacional de suelo y hábitat”.

“La crisis habitacional de la Argentina, que se arrastra desde hace décadas, se agravó en los últimos años, porque la reactivación económica no va acompañada por mecanismos de regulación del precio del suelo: entonces, los mayores ingresos de las clases más favorecidas se trasladan a los precios de venta y alquiler de propiedades. Y las clases medias no tienen buenas posibilidades de crédito y, así expulsadas del mercado, pasan a competir por ubicaciones tradicionalmente populares”, explicó Rolnik, con amplia trayectoria en el tema en su país de origen, Brasil.

Sin embargo. “hay algo muy positivo –subrayó–: desde 2003, el Estado se comprometió con la cuestión de la vivienda: hubo una inversión fuerte, y según datos oficiales se lograron más de 500.000 soluciones habitacionales. Ahora bien, el programa federal se centra en empresas constructoras que entregan las viviendas llave en mano, y esto debería ser una alternativa entre otras. Hay programas de mejoras en barrios o para cooperativas, pero están menos priorizados, y deben competir por la tierra en un mercado que incluye viviendas de lujo.”

Es que “es imprescindible incluir acciones de regulación del suelo. Falta en la Argentina un plan nacional de suelo y hábitat urbano y rural. En el conurbano bonaerense, en lugar de los loteos, que, en cuotas, en las décadas de 1950 o 1960, permitían a muchos trabajadores hacerse su casa, proliferan barrios cerrados, para sectores de altos ingresos, con una densidad habitacional de sólo cuatro personas por hectárea. Así para los sectores populares, a falta de opción, las ocupaciones resultan la forma más común de hacerse de suelo y vivienda”.

–Algún intendente del conurbano planteó que, aunque recibe fondos del Estado nacional para viviendas, ya es casi imposible encontrar lugares libres donde edificar –observó Página/12.

–¿Cómo que “no hay lugar”? –contestó Raquel Rolnik–. No lo hay para los pobres. Gran Bretaña, España, Francia, Holanda, además de invertir en viviendas y subsidiar alquileres, tienen leyes de ordenamiento territorial: en Gran Bretaña, cada urbanización privada debe aportar el 30 por ciento de la superficie de tierra para viviendas de sectores de bajos ingresos; en Francia, aportan el 20 por ciento. En Manhattan, Nueva York, casi la mitad de los alquileres están protegidos: los reajustes no los dicta la especulación inmobiliaria sino una comisión local.

“Si se trata de lugar –continuó Rolnik–, el Estado puede ofrecer tierras fiscales, en vez de, al revés, desalojarlas cuando son ocupadas. Y siempre hay tierras e inmuebles desocupados. Las propiedades cuyos impuestos no se pagan pueden adquirirse para vivienda social. En las zonificaciones, así como se admite que haya lugares determinados para industrias, para oficinas, para edificios en altura, ¿por qué no para viviendas de interés social?”. Y agregó una observación impecable: “Si hay gente que usurpa casas, es porque esas casas están vacías”.

En este punto, la investigadora plantea una distinción que juzga esencial: “Se trata de producir hábitat, no sólo vivienda: es el derecho a la ciudad o, si se trata de campesinos o pueblos originarios, el derecho a medios de sobrevivencia. Esto requiere un pacto sobre vivienda urbana y rural, que reconozca a todos el derecho a un lugar”. Es necesaria “la articulación entre las autoridades nacionales, provinciales y municipales. De otro modo los proyectos dependen de negociaciones políticas: si hay acuerdo, se trabaja y si no, no”. Y advierte que “también hay que acordar a nivel nacional en los criterios de adjudicación. En la Argentina, a veces el criterio es quién es amigo y quién es enemigo. También hay sistemas por puntaje, pero son a veces discriminatorios como el de Ushuaia, que perjudica a los inmigrantes”.

En estos órdenes, “sería positivo que se apruebe el Proyecto de Ley de Hábitat Popular (que presentó el Ejecutivo bonaerense en la Legislatura), que plantea la intervención del Estado para regular el mercado: incluye estrategias de producción de hábitat popular y muchos instrumentos como la sanción a inmuebles vacantes o el impuesto a los barrios cerrados, que es de lo que más se habló”. Entretanto, “respecto de las ocupaciones, las autoridades argentinas mantienen una ambigüedad: ¿se puede o no ocupar? ¿La ocupación es transitoria o definitiva? ¿Van a quedarse o a relocalizarse? Esto se convierte en objeto de disputa de punteros políticos, y los habitantes quedan vulnerables a la discrecionalidad que puede depararles la consolidación o el desalojo. Esto se ve aun en el caso de la Villa 31, donde hay una ley de consolidación pero no se implementa por disputas entre organismos y niveles involucrados”, observó Rolnik.

Y la relatora especial finalizó con una pregunta: “En la Argentina, ¿seguiremos produciendo villas? ¿Nos limitaremos a consolidarlas? El desafío, además de consolidar de una vez por todas las ya existentes, es lograr una oferta de hábitat para antes de que se produzcan las ocupaciones. En países como Colombia, se ofreció a la gente suelo urbanizado con asistencia técnica: construyeron sus propias casas bajo condiciones planificadas, funcionó. En la Argentina se están perdiendo generaciones hacinadas en asentamientos sin cloacas, con aguas contaminadas. ¿Quiénes ganan con esto? Ganan los políticos que toman esas comunidades para obtener votos de poblaciones vulnerables: los servicios se otorgan por goteo, a cambio de una base electoral para uno u otro político. Y ganan aquellos sectores sociales que así no ceden nada mientras los pobres se arreglan como pueden, preferiblemente lejos de la vista del resto de la población”.



viernes, 15 de abril de 2011

Prisión perpetua en carcel común para Luis Abelardo Patti

EL PAIS › EL REPRESOR LUIS ABELARDO PATTI RECIBIO SU PRIMERA CONDENA POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD

La Argentina ahora es un país más seguro

El ex policía y ex intendente de Escobar recibió prisión perpetua a ser cumplida en un establecimiento del Servicio Penitenciario. Reynaldo Bignone, Santiago Omar Riveros y Martín Rodríguez fueron condenados a la misma pena. A un quinto acusado le dieron seis años.







 Por Victoria Ginzberg
Los brazos se unieron en los respaldos de las sillas. Los hermanos Gastón y Manuel Gonçalves, Juana, Diego y Antonio Muniz Barreto, Soledad D’Amico y sus abogados formaron un lazo que los contenía a todos. Cuando la jueza Lucía Larrandart terminó de leer el fallo, se miraron entre ellos, intentaron secarse las lágrimas que seguían apareciendo, se pararon y se abrazaron. La presidenta del Tribunal Oral Federal 1 de San Martín acababa de anunciar la condena de Luis Abelardo Patti, Reynaldo Benito Bignone y otros tres represores por los secuestros, tormentos y asesinatos de sus padres.
Patti, Bignone, Santiago Omar Riveros y Martín Rodríguez recibieron prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua más accesorias legales y pago de costas. Al quinto acusado, Juan Fernando Meneghini, le tocaron seis años. Meneghini fue comisario de la 1a de Escobar durante la última dictadura, pero el tribunal consideró que no había tantas pruebas en su contra y no lo culpó por homicidios o tormentos. Más allá de este dato, que los querellantes evaluarán si apelarán o no después del 5 de mayo, cuando conozcan los fundamentos, los abogados, fiscales y familiares de las víctimas se retiraron satisfechos del auditorio Hugo del Carril, en José León Suárez, donde se realizó el juicio.
El dato clave de la decisión judicial de ayer, que fue aplaudido tanto o más que las condenas, lo aportó la jueza cuando comunicó que “el cumplimiento de la pena impuesta a todos los acusados se llevará a cabo en un establecimiento del Servicio Penitenciario Federal” y anuló en el acto la prisión domiciliaria de Meneghini. El policía era el único de los acusados que estaba en la sala cuando se leyó la sentencia. El resto habría optado por permanecer en una habitación contigua. No se informó si Patti llevaba puesto su disfraz de enfermo terminal –que incluye un cuello ortopédico y una camilla– que lució las pocas veces que se dejó ver durante el juicio. El ex intendente de Escobar está actualmente alojado en la clínica Fleni de esa localidad, donde, se supone, se repone de un accidente cerebrovascular. Según se desprende del fallo, el represor podría seguir internado, pero en prisión. Una opción podría ser Ezeiza, donde hay un centro de salud nuevo
“Es un show para victimizarse. Tiene algo, pero no es un cuadro de la gravedad que quiere mostrar”, opinaron los fiscales Augusto de Luca y Marcelo García Berro, que junto con Juan Murray fueron los delegados de la Procuración en este juicio y se fueron con la satisfacción del deber cumplido.
“Es un cobarde, como lo demostró todo este tiempo y cuando aparece con la camilla me da vergüenza ajena”, dijo a Página/12 Manuel Gonçalves apenas bajó del estrado. Lo importante para él, en ese momento, era cosechar: “Esto es fruto de tanto esfuerzo y peleas, como nos enseñaron las Madres y las Abuelas, porque aunque hubo momentos de derrota, nuestro objetivo era llegar a este día, en el que un tribunal dicte sentencia. Siendo uno de los protagonistas del avasallamiento de la democracia, Patti usó las instituciones para sostener su impunidad. Tuvimos que trabajar el doble que en otros casos. Nos insultaba a todos queriendo ostentar cargos públicos. Y no hay que olvidarse que sus alianzas políticas, por ejemplo con el duhaldismo, llegan hasta hoy”.
Tanto los familiares de las víctimas como los abogados Ana Oberlin y Pablo Llonto destacaron el largo camino que tuvieron que atravesar para que Patti sea condenado. “Fue un caso muy difícil, más complejo que otros, tuvimos que pelear para que no sea diputado, ni candidato, tuvimos amenazados a un montón de testigos. Hasta la prueba, que parecía complicada, se demostró que era contundente”, manifestó Oberlin.
“Es un día histórico. Esto es un alivio y fortalece a la democracia. Patti es un emblema, es tan asesino como los demás, pero se sustrajo a la Justicia y engañó a la sociedad. Ahora se terminó de derribar esa patraña que alguna gente creía, ahora ya nadie le puede creer, salvo los que sean como él o les convenga”, dijo a Página/12 la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, mientras se sacaba una foto con dos muchachas que la abordaron con una cámara digital. Mientras intentaba salir del auditorio y antes de que se acercara otro grupo cámara en mano, agregó: “Cárcel común y cadena perpetua son dos frases para poner en bronce. Es un triunfo del pueblo”.